domingo, 3 de junio de 2012

DEDUCE EXCEPCION DE AMBIGÜEDAD U OSCURIDAD EN EL MODO DE PROPONER LA DEMANDA

MODELO Nº 12

Deduce Excepción. Promueve Cuestiones Probatorias y Contesta Demanda


EXP.  :  ....................

SEC.  :  ....................

ESC.  :  04

CUA. :  Principal

SUM  :  Deduce Excepción. Promueve Cuestiones Probatorias y Contesta Demanda



SEÑOR JUEZ LABORAL

...................., identificada con DNI. N° ...................., con domicilio real en ...................., y para efectos legales señalo domicilio procesal en ...................., en el proceso seguido por ...................., sobre ....................; a Ud, con la debida consideración me presento y digo:



I.    APERSONAMIENTO

Me apersono a la instancia, fijando como domicilio procesal el indicado líneas arriba, en donde se me notificarán las providencias que emanen al presente proceso.



II.  DEDUCE EXCEPCION DE AMBIGÜEDAD U OSCURIDAD EN EL MODO DE PROPONER LA DEMANDA

1. Fundamentos:

1.1 Que, el banco accionante no precisa con claridad el petitorio de la acción, es más, el art. 537 del C.P.C., prescribe que admitida la Tercería se suspende el proceso a petición de parte, hecho que el demandante no ha solicitado, resultando ambigua y dilatoria dicha articulación.

1.2 Tampoco el banco accionante ha solicitado al juzgado que la Tercería se tramite como proceso abreviado, figura que el ordenamiento laboral vigente no lo contempla, desnaturalizándose de esa manera los procesos que la Ley N° 26636 establece en forma categórica, razón por la cual el Juzgado debió declarar inadmisible la demanda.

1.3 Amparo mi pretensión en lo dispuesto por el Artículo 23° de la Ley Procesal del Trabajo, Ley N° 26636, Art. 446° e inc. 4) y del Art. 537° del Código Procesal Civil que regulan la formulación de la excepción deducida.

2. Medios Probatorios de la Excepción

2.1 Los Documentos consistentes en:

a) Texto de la demanda, parte fundamentos de hecho y vía procedimental, acreditando la ambigüedad y oscuridad de la pretensión.



III. PROMUEVE CUESTION PROBATORIA DE TACHA

Que, mediante le presente, promuevo tacha contra el medio probatorio documental denominado “Certificado de Gravamen”, consignado en el punto 6.3., rubro IV (Medios Probatorios), por cuanto este documento es una fotostática simple que no acredita verosimilitud y menos por fehaciente, en consecuencia, deberá declararse fundada la tacha y sin mérito su actuación en la audiencia correspondiente por los siguientes hechos.

1. HECHOS FACTICOS DE LA TACHA

1.1 Las cuestiones probatorias conforme a la legislación vigente se promueven dentro del plazo de tres días de corrido el traslado con la demanda y su admisorio, acompañando el fundamento y la probanza correspondiente.        

1.2 Es el caso, que la demandante en el rubro IV Medios Probatorios – 6.3., postula como medio probatorio un supuesto “Certificado de Gravamen”, que correspondería al inmueble ubicado en ...................., este documento no ha sido otorgado por funcionario público, sino por el contrario es una simple fotocopia de un supuesto certificado expedido por los Registros Públicos de ...................., pero que conforme a ley, carece de suficiencia probatoria.

1.3 La jurisprudencia uniforme ha establecido en sendas ejecutorias que las pruebas que aparejan una demanda y más todavía las que prueban un hecho sustancial, deben ser documentos originales o copias debidamente autenticadas por notario público, quien da fe del acto y su fehaciencia o verosimilitud, lo que no ha sucedido con el documento materia de tacha, razón por la cual es procedente su postulación.

2. FUNDAMENTO JURÍDICO DE LA TACHA

2.1 Ley Procesal del Trabajo: Art. 42, norma especial que señala la oportunidad para formular tacha contra documentos, la claridad como debe ser promovida, los fundamentos y las pruebas que amparen la misma, la que su juzgado tendrá en cuenta al momento de resolver.

2.2 Código Procesal Civil: Art. 300 y pertinentes, norma adjetiva aplicada  supletoriamente, que también prescribe los plazos, oportunidad y efectos, que también se deberá tener en cuenta al momento de resolver.

3. MEDIOS PROBATORIOS DE LA TACHA

Los documentos, consistentes en:

a)  Fotocopia del gravamen.- que obra a fojas (12) de estos autos, y con la cual pruebo que no reúne los requisitos de fehaciencia ni verosimilitud,  dicho documento, es más induce a error al juzgador y no debe ser admitido como prueba y menos actuada.

b)  Original de un gravamen.- con lo que pruebo que los Registros Públicos de .... otorgan estos documentos, por lo tanto su formalidad e intervención de un funcionario público en su otorgamiento permite crear convicción en el juzgador, consecuentemente, de esa manera sí constituye probanza objetiva y no de otra manera, por tanto la tacha es procedente.



IV. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA

A. Que, no obstante anotado, en tiempo oportuno contesto la demanda negándola y contradiciéndola en todos sus extremos, la misma que se servirá declararla infundada en todos sus extremos por los siguientes fundamentos:

1.  Que es verdad, que el accionante ha otorgado un crédito hipotecario a la Empresa co-demandada pero mediante la acción, se pretende el pago preferente a realizarse del remate del bien afectado con mi derecho, hecho que contraviene la legislación vigente.

2.  También es cierto, que la Empresa co-demandada ha sido demandada en los Tribunales por la suma de ...................., donde ha sido vencida en juicio.

3.  También es verdad que mi parte ha accionado la empresa co-demandada por ante el Primer Juzgado laboral, Exp. .................... donde se ha dictado sentencia ordenando el pago de ...................., el mismo que se encuentra en estado de ejecución forzosa y donde se ha dictado una medida cautelar por hasta la suma de .................... e inscrita la afectación en los Registros Públicos de ....................

4.  Que, también es verdad que ante el incumplimiento de mis beneficios sociales he sacado a remate el inmueble propiedad de la Empresa demandada y a pesar de los esfuerzos, ésta no cumple con pagarme mis derechos sociales; es más, el accionante ha tenido conocimiento de la demanda laboral, medida cautelar desde mis reclamaciones en que fui cesada por cuanto la recurrente se encargaba de los depósitos y control del movimiento Bancario en dicha institución financiera, sin embargo, en la presente demanda, oculta esos hechos al juzgado, lo que se tendrá en cuenta al momento de dictar sentencia.

5.  La demanda es definitivamente infundada por contravenir principios fundamentales que garantizan la tutela efectiva y los derechos sociales de los trabajadores, en razón de ello, la contestación de la demanda es amparable en todos sus extremos.

B.    FUNDAMENTOS DE DERECHO

C.    MEDIOS PROBATORIOS

D.    ANEXOS

1.A. Copia de mi DNI.

1.B. Arancel Judicial

1.C. Cédulas de notificación



POR TANTO:

Señor Juez por las consideraciones expuestas, solicito tener por deducida la excepción, promovida la cuestión probatoria de tacha y por contestada la demanda dentro del plazo legal y notificarme con las garantías de ley.



OTROSI DIGO: Que de conformidad con el Artículo 80° del C.P.C., OTORGO las facultades de representación que señala el Art. 74 del acotado, al letrado que autoriza el presente, Dr. ...................., declarando estar instruida de tal representación  y de sus alcances.



Fecha ....................









                          _____________________                                 _____________________

                                        ABOGADO                                                            LITIGANTE

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